25/04/2019
Desde el Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (de ahora en adelante, CEEM) consideramos indispensable que se garantice la adscripción de una única universidad a un hospital universitario y/o hospital asociado a la universidad, así como a los centros de atención primaria, para la impartición de una misma titulación; y que esta se haga sin excepciones y se priorice la adscripción de las universidades públicas a los hospitales públicos.
El aumento de estudiantes de Medicina en un mismo centro sanitario supone una masificación de las prácticas, en detrimento tanto de la calidad formativa como asistencial. Los supuestos que se derivarían de tener más de una universidad adscrita a un centro son muchos, quedando resumidos de forma general en los siguientes:
Dichas situaciones comprometen gravemente la formación del estudiantado de Medicina, ponen en riesgo la garantía de confidencialidad para con el paciente y aumentan la presión laboral de los facultativos, quienes apenas disponen de mecanismos reales para compaginar adecuadamente la labor asistencial y la docente, lo que se traduce en un déficit de profesorado acusado para ya, de entrada, una universidad.
Ante la información expuesta, desde el CEEM proponemos lo siguiente:
Se modifica el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las Instituciones sanitarias, de la siguiente forma:
Único. Se modifica la base quinta del artículo 4, que queda redactada en los siguientes términos:
«Quinta. Se utilizará la denominación «hospital universitario» cuando el concierto se refiera al hospital en su conjunto o que abarque la mayoría de sus servicios y/o Unidades asistenciales, en el caso de que solo se concierten algunos servicios, se hablará de «hospital asociado a la universidad».
Lo mismo se aplicará a los centros de Atención Primaria.
Los hospitales universitarios, asociados a la universidad y centros de Atención Primaria podrán estar vinculados por concierto o convenio a una sola universidad para la impartición de una misma titulación, priorizando la adscripción de las universidades públicas a los centros públicos.»
Asimismo, proponemos la misma modificación al Anexo II del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios.
Diligencia de la Secretaría Ejecutiva que hace constar que el presente documento fue aprobado en la 65 Asamblea General Ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2019, con visto bueno de presidencia.